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Fraude a la Administración Pública: Declaran inadmisible la impugnación extraordinaria interpuesta por Franco Morelli

La Corte Suprema de Justicia de la provincia al declaró “inadmisible” la impugnación extraordinaria que formuló la defensa del funcionario contra la nulidad de un fallo que lo sobreseía a él y a su fallecido padre.

JUDICIALES 29 de marzo de 2021 Vientos Tucumanos Noticias Vientos Tucumanos Noticias
Franco morelli
Franco Morelli, responsable de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP)

El  responsable de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), Franco Morelli seguirá siendo investigado en una causa por “fraude a la administración pública” que le inició la actual gestión de la intendencia de Concepción. Es lo que surge de la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la provincia al declarar “inadmisible”  la impugnación extraordinaria que formuló la defensa del funcionario contra la nulidad de un fallo que lo sobreseía a él y a su fallecido padre.

Fue el Tribunal de Impugnación del Centro Judicial de Concepción  el que dejó sin efecto la medida que había adoptado a  favor de ambos el juez Guillermo Acosta. El magistrado los sobreseyó argumentando que se habían vencido los plazos legales del proceso.En febrero de ese mismo  año Acosta también había dictado el sobreseimiento con idéntico razonamiento de tres ex funcionarios de la gestión de Morelli: del ex subcontador  general Sergio Muro, del ex tesorero Duilio Guzmán y el ex secretario de Finanzas Ariel Mendelek.  Estos  están acusados también de “fraude a la administración pública y otros delitos”. 

El Fiscal Regional Mariano Fernández apeló los dos sobreseimientos exponiendo que “los plazos legales no estaban vencidos en razón de que no se había formalizado aún la apertura de las investigaciones y por lo tanto no se habían formulado los cargos y no corrían los plazos procesales”. 

El Tribunal de Impugnación, integrado por Edgardo Sánchez, Paul Hoffer y Jorge Carrasco, tras una prolongada audiencia con las partes, resolvió hacer lugar a los planteos esgrimidos por el Ministerio Público Fiscal (MPF), el que quedó habilitado a continuar la investigación contra los acusados. Morelli, a través de su letrado Agustín Guerineau, presentó enseguida una impugnación extraordinaria ante la Corte.  “Recibidas las actuaciones en esta instancia, corresponde que este tribunal efectúe el control provisorio de admisibilidad de la impugnación interpuesta, conforme lo dispuesto por el artículo 314, sexto párrafo, del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) que establece  que el Tribunal de Impugnación competente (en este caso la Corte) dentro del plazo de 10 días podrá rechazar las impugnaciones manifiestamente infundadas  o que no cumplan con las condiciones de interposición. 

Caso contrario convocará a las partes a una audiencia oral dentro del plazo de 10 a 30 días y procederá  según los párrafos del presente artículo” indica en su considerando la resolución del alto tribunal. Enseguida advierte que “la impugnación intentada no satisface las condiciones de admisibilidad, atento  a no encuadrar sus fundamentos en ninguno de los motivos establecidos por la ley procesal  para habilitar tal vía revisoría”.

Los vocales Claudia Sbdar (presidenta), Daniel Posse y Daniel Leiva, precisan que “el recurrente invoca dos causales de impugnación extraordinaria: arbitrariedad del fallo , que daría lugar a la interposición de recurso extraordinario federal (art.318 inc 2 del NCPPT)  y sentencia contradictoria, con doctrina sentada en fallos del Tribunal de Impugnación  y de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (art. 328 inc.3 del digesto de forma) sobre materia de nulidad”. 

El alto tribunal luego de un extenso análisis de los planteos concluyó con la “inadmisibilidad” del recurso.

FUENTE: LA GACETA 

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