---
canonical_url: "https://vientostucumanos.com.ar/contenido/20934/por-decreto-javier-milei-limita-el-derecho-a-huelga-y-amplia-las-actividades-ese"
title: "Por decreto, Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades esenciales"
article_type: "Article"
description: "La nueva norma incluye a la educación, la aeronáutica comercial y el transporte marítimo y fluvial entre los servicios que deben garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75%"
main_image: "https://vientostucumanos.com.ar/download/multimedia.normal.b5391b26b65af8fc.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2025-05-21T20:57:00-03:00"
date_modified: "2025-05-21T21:45:54-03:00"
author_name: "Vientos Tucumanos Noticias"
author_url: "https://vientostucumanos.com.ar/usuario/2/vientos-tucumanos-noticias"
category_name: "GREMIALES"
category_url: "https://vientostucumanos.com.ar/categoria/8/gremiales"
---

# Por decreto, Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades esenciales

![milei paro](/download/multimedia.normal.b5391b26b65af8fc.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Estas modificaciones estan pendiente de una definición de la Corte Suprema*

A través del decreto de necesidad y urgencia 340/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, **el gobierno de Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto.**

A partir de ahora se consideran también servicios esenciales

-El cuidado de menores y educación de niveles guardería,**preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.**

![milei paro 3](/download/multimedia.normal.b856dc04278c6a31.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)*En otro decreto, el gobierno decidió que el Consejo Federal de Educación y de los sindicatos con representación nacional acordarán sobre condiciones laborales, calendario escolar, salario mínimo y carrera docente, sin participación del estado*

**-La aeronáutica comercial y el control de tráfico portuario**; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios.

**-Los servicios aduaneros y migratorios**, y demás vinculados al comercio exterior.

**-El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga**, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.

![milei paro 4](/download/multimedia.normal.ae0621934fcc7c6d.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)*Transporte aéreo, fluvial y marítimo ahora son considerados también esenciales*

**-La producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles.**

Los que ya estaban incluidos, como esenciales

-**Los servicios sanitarios y hospitalarios,**así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos.

**-Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.**

-El control de tráfico aéreo.

-La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable y energía eléctrica.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
