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La Provincia brindó a la Corte nacional los argumentos que avalan el adelantamiento de los comicios

A través de la Fiscalía de Estado; elevó dos escritos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para solicitar el rechazo in limine de la acción de amparo interpuesta por CREO.

POLITICA 26 de mayo de 2023 Vientos Tucumanos Noticias Vientos Tucumanos Noticias
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El Gobierno provincial, a través del fiscal de Estado Federico Nazur, elevó dos escritos a la (CSJN)

El Gobierno provincial, a través del fiscal de Estado Federico Nazur, elevó dos escritos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para solicitar el rechazo in limine de la acción de amparo interpuesta por CREO, partido aliado a Juntos por el Cambio (JxC), con el objetivo de suspender las elecciones previstas para el 11 de junio.

Como este expediente ya cuenta con un dictamen de la Procuración General de la Nación (PGN), sólo resta que el máximo tribunal se expida sobre la medida cautelar requerida por los demandantes, la diputada nacional Paula Omodeo y el candidato a legislador Rafael López Guzmán, con el patrocinio de Jorge Giménez Lascano. El otro lleva la firma de Germán Alfaro. 

La respuesta de la Provincia a la demanda de CREO
 
El fiscal de Estado elevó dos planteos ante la Corte nacional en el marco de la causa "CREO".
En un primer escrito, mencionó por un lado "la grave conmoción social, política y económica generada en Tucumán por la suspensión cautelar de las elecciones previstas para el día 14 de mayo", una situación que llevó al gobernador Juan Manzur a renunciar a su postulación a vice de Osvaldo Jaldo y a anunciar a Miguel Acevedo como segundo integrante en la fórmula del PJ-FdT.
En este escenario, Nazur advirtió al alto tribunal que la demanda impulsada por los dirigentes de JxC "carece manifiestamente de los requisitos imprescindibles para su admisibilidad", por lo que solicitó "su rechazo in limine".

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Fiscal de Estado Federico Nazur

El fiscal de estado remarcó que el partido CREO formalizó un recurso de reconsideración en contra del decreto del Poder Ejecutivo que fijó el 11 de junio como nueva fecha para los comicios. "Dicho recurso tiene idéntica finalidad a la propuesta en el presente juicio, razón por la cual se advierte en forma palmaria la inadmisibilidad de la vía del amparo según lo establecido y regulado" por la Ley de Acción de Amparo.

En segundo lugar, agregó el representante de la Provincia, la demanda de Omodeo y López Guzmán "también resulta inadmisible por pretender atacar una sentencia judicial y desconocer resoluciones judiciales que se encuentran firmes y ostentan autoridad de cosa juzgada".
A ello sumó un tercer argumento, y es que "se encuentra corriendo el plazo de 10 días otorgado a la Administración Pública provincial para pronunciarse" respecto a un recurso de reconsideración, por lo cual no se encontraría agotada la instancia administrativa que justifique el dictado de la cautelar.

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Fiscal de Estado Federico Nazur

En paralelo, el fiscal de Estado recordó los antecedentes judiciales que habilitaron al Gobierno provincial a adelantar los comicios.
Señaló el caso "Frente Renovador Auténtico", que data de 2018. Según recordó Nazur, un fallo dictado por el fuero contencioso administrativo de la Justicia provincial posibilitó la celebración de las elecciones del 9 de junio de 2019.
A esta sentencia se suma el caso "Partido Justicialista de Tucumán", que obtuvo un fallo en 2022, y que había dado lugar también a fijar como fecha de los comicios el 14 de mayo.

Nazur recordó que en este proceso se consideró que "la causa resultaba abstracta", ya que se habían fulminado las cláusulas constitucionales referidas relacionadas a las fechas de los comicios.
"Cabe destacar que en este proceso judicial ha intervenido el mismo espacio político del partido demandante, dejando vencer todos los plazos procesales para atacar el fallo. Consecuentemente, se trata de una sentencia firme, pasada en autoridad de cosa juzgada", expuso el fiscal de Estado.

FUENTE: LA GACETA 

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