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El gobierno nacional no cumple la Emergencia en Discapacidad y envía otro proyecto al Congreso

El gobierno nacional envió al Congreso de la Nación un proyecto de ley para modificar sustancialmente la Ley de Emergencia en Discapacidad que no viene aplicando, a pesar de que la Justicia así lo dictaminó.

Ingresó en el Senado de la Nación el texto que lleva como nombre “Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez”, y que propone modificaciones sustanciales a la legislación vigente y plantea nuevas restricciones para los potenciales beneficiarios, redefiniendo los criterios para acceder a la ayuda estatal.

Exigencia de reempadronamiento

Según el texto oficial, de aprobarse, la iniciativa va a exigir un reempadronamiento obligatorio para todos los titulares de pensiones por invalidez, quienes deberán acreditar nuevamente su condición médica, situación socioeconómica y antecedentes laborales. “Aquellos que no lo hagan sufrirán una suspensión automática de la pensión y la pérdida del beneficio“. Además, propone un proceso de fiscalización de los pedidos de pensión que incluirá cruce de información entre la Ansés, Arca, SINTyS y otros organismos públicos.

Frente a lo que entiendan que es una incompatibilidad o una inconsistencia en el pedido de ayuda estatal, permite suspender la pensión ante cualquier inconsistencia de manera “preventiva” y se aplicará ante incumplimientos objetivos detectados en los cruces de información, con derecho a defensa y proceso.

El nuevo sistema fija el monto de la pensión no contributiva en el 70% del haber mínimo jubilatorio, pero elimina la posibilidad que tiene el Ejecutivo para otorgar aumentos en concepto de invalidez laboral y de zona geográfica desfavorable.

Respecto al mundo laboral, establece la “incompatibilidad absoluta” con cualquier empleo formal o inscripción en regímenes laborales. De aprobarse, la norma eliminaría la posibilidad de que una persona con discapacidad acceda a un trabajo registrado y mantenga el beneficio, endureciendo una de las condiciones. “Elimina la posibilidad de que una persona con discapacidad acceda a un trabajo registrado y mantenga el beneficio, endureciendo una de las condiciones“.

Sin beneficios para los que contratan personas con discapacidad

Otro punto que también suprime el piso mínimo de calidad en las prestaciones con aranceles homogéneos es que introduce cambios en el financiamiento y la organización del sistema. El proyecto autoriza convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos. De esta manera, elimina virtualmente el nomenclador y desregula la negociación por obra social o prepaga.

La comparación con la legislación vigente arroja diferencias de fondo ya que el proyecto retrotrae todo a un estado anterior al de la emergencia. La actual normativa, modificada en los últimos años, había ampliado el universo de beneficiarios basándose en un criterio más amplio de discapacidad y no exclusivamente en la invalidez laboral.

El nuevo proyecto retoma la definición material de la prestación, delimita el alcance y refuerza los controles sobre la acreditación de la incapacidad. La iniciativa oficial contempla que “el incumplimiento de los plazos y requisitos del reempadronamiento dará lugar a la suspensión y posterior baja del beneficio”.

Actualización

Otro punto en debate, es el de la actualización del valor de las prestaciones y pensiones. El proyecto ata las pensiones a la evolución del haber mínimo jubilatorio y, en el caso de los aranceles de las prestaciones, se ajustan trimestralmente o por IPC en caso de demoras, y se incorpora una compensación de emergencia vinculada también al IPC para prestadores.