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Padre e hijo fueron condenados por agredir con una pinza “pico y loro” a una mujer

Se trata de la pareja y el hijastro de la víctima, quienes reconocieron su culpabilidad en un juicio abreviado impulsado por la Unidad Fiscal de Violencia de Género e Intrafamiliar II de Concepción. La causa concluyó en 10 días.

JUDICIALES 15 de diciembre de 2021 Vientos Tucumanos Noticias Vientos Tucumanos Noticias
aguilares
Ingreso a la ciudad de Aguilares

Este miércoles 15 de diciembre se realizó una audiencia a los fines de formalizar un acuerdo de juicio abreviado al que arribaron el Ministerio Fiscal y dos imputados, padre e hijo, que fueron condenados a dos años de prisión condicional por haber agredido violentamente a una joven (pareja del primero), el pasado 4 de diciembre en Aguilares.

La causa fue instruida por la Unidad Fiscal de Violencia de Género e Intrafamiliar II, a cargo de Héctor Fabián Assad, a instancias de la denuncia realizada por la víctima.

En 10 días, la fiscalía logró la conclusión del caso con la sentencia en contra de los sujetos de 50 y 30 años que, asistidos por su defensa técnica, admitieron su culpabilidad en los hechos incriminados.

Violenta agresión

La causa se originó con la denuncia efectuada en fecha del 5 de diciembre. Según relató la víctima en su declaración, en la madrugada del 4 de diciembre tuvo una discusión con su pareja en la puerta de la casa de la madre de este último.

La pelea se fue intensificando hasta que el agresor le propinó un golpe de puño en la cara a la víctima. Tras ello apareció el hijastro y ambos comenzaron a amenazarla y agredirla con una pinza “pico y loro” que le produjeron serias lesiones en la cabeza.

Rápida resolución

En la audiencia, el representante del MPF relató las circunstancias del hecho y las evidencias reunidas, entre ellas, la declaración testimonial de la víctima, los informes médicos donde quedan constatadas las lesiones y el secuestro de la herramienta con la cual los agresores golpearon a la mujer.

Para hacer efectivo el procedimiento abreviado, el juez actuante interrogó a los imputados que admitieron su culpabilidad en los hechos incriminados. Luego resolvió declarar admisible los términos del mismo.

La calificación legal endilgada a los atacantes es por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido perpetradas mediando violencia de género, en concurso real con amenazas simples, respecto de la pareja de la víctima; y amenazas simples respecto del hijastro, los dos en carácter de autor.

El fiscal Assad destacó la celeridad con la que resolvió la causa. “Gracias a las herramientas que otorga el nuevo Código Procesal Penal, conseguimos que a 10 días de iniciada la investigación, la misma se resuelva con la condena a los responsables de estos actos, dando una respuesta a la víctima en un corto periodo de tiempo”

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