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Prorrogan hasta el 31 de julio el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales

Hay que tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1 de marzo de este año hasta el momento del acogimiento al plan

ECONOMÍA 09 de julio de 2024 Vientos Tucumanos Noticias Vientos Tucumanos Noticias
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Por decisión del Poder Ejecutivo tucumano, se prorrogó hasta el 31 de julio de 2024 el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales. Así lo informó la Dirección General de Rentas que comunicó los alcances de las medidas.

El jefe de la División de Dictámenes y Capacitación de la Dirección General de Rentas, Sergio Guerra, explicó: “Desde la DGR queríamos recordarles a los contribuyentes que el Poder Ejecutivo Provincial a través del decreto 1900/3 (MEyP) -2024 ha decidido prorrogar hasta el 31 de julio del 2024 la vigencia del régimen de regularización de deudas fiscales” y amplió: “Son todas aquellas deudas vencidas y exigibles al 29 de febrero del 2024, incluyendo sus intereses, recargos y multas”.

Deudas comprendidas

Obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 29/2/2024 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI - Comunas Rurales, a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y Tasa Retributiva de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas. Vigencia para el acogimiento: hasta el 31/7/2024.

Modalidad para el acogimiento

“Únicamente a través de la página Web de la DGR y mediante el uso de clave fiscal otorgada por la AFIP”, señaló Guerra.

Condiciones

“Tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 01/03/2024 hasta el momento del acogimiento al plan. Es decir, los anticipos 2-3-4-5-6/2024 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública, y las cuotas 3-4-5-6-7/2024 de los impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados”, expresó el funcionario.

Beneficios

- Intereses:

Reducción del 100% de los intereses devengados con anterioridad al 31/12/2020.

Asimismo se prevén las siguientes reducciones:

50% (cincuenta por ciento) por pago al contado, 30% (treinta por ciento) mediante pagos parciales y 40% (cuarenta por ciento) mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta el mes de Febrero de 2025, inclusive.

Multas

Importantes beneficios de reducción y remisión según el estadio procesal en que se encuentren. Respecto de las prórrogas anteriores se incrementan beneficios de reducción.

El vencimiento del primer pago parcial opera el 15/08/2024.

IMPUESTO INMOBILIARIO, IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y RODADOS.

"Cabe destacar que ya se encuentran disponibles para su impresión y pago, las boletas de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores y Rodados correspondiente al tercer trimestre del año 2024", concluyó Guerra. 

 

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