Seguinos en nuestras redes sociales...         
Facebook_logoinstagramtwitterYOUTUBEee

Prohíben la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el Lago La Angostura en el Mollar

Así lo resolvió la comuna y lo dio a conocer a través de un comunicado.

SOCIEDAD09 de enero de 2021Vientos Tucumanos NoticiasVientos Tucumanos Noticias
lago el mollar

Desde la comuna de El Mollar, resolvieron declarar al Lago La Angostura y su adyacencia como un sitito libre de alcohol, por lo que se prohibió la venta, el ingreso y el consumo de bebidas alcohólicas. Esto se da en el marco de la temporada de verano, donde es mucha la cantidad de personas que se vuelcan a la villa veraniega y, casi siempre, esa superficie queda repleta de botellas de alcohol y basura.

En detalle, la resolución 1394/20 que lleva la firma del delegado comunal Jorge Cruz (h):

"La creciente problemática ambiental ocasionada por los residuos sélidos urbanos que se encuentran en las aguas y en la periferia del Lago La Angostura, los actos de vandalismos por parte de residentes, visitantes y la concurrencia masiva de personas en estado de ebriedad, especialmente en temporada estival y en fines de semana largo, propiciando actos de violencia, inseguridad y descontrol.

Que el Lago La Angostura y sus inmediaciones son Reserva Naturales y uno de los principales atractivos de alto potencial turístico con los que cuenta El Mollar, en particular para la realización de deportes acuáticos, pesca deportiva y avistaje  de aves; y la falta de espacios libres públicos de uso recreativo para la comunidad local y visitantes, es que:

  • Art. 1: Declarar el Lago La Angostura y su adyacencia, en toda su superficie, como un sitio libre de alcohol. Por lo mismo queda prohibida la comercializasen, el ingreso y el consumo de bebidas alcohólicas, asf también el ingreso y/o circulasen de personas en estado de ebriedad y vehículos no autorizados.
  • Art. 2: En temporada estival y cuando el organismo así lo disponga, se habilitará un solo ingreso con control a los efectos de fiscalizar el acceso y circulación.
  • Art. 3:  Se  dispone  que  Lago  La  Angostura  será  cuidado  y  preservado  para  la realización de deportes acuáticos; avistaje de aves y pesca deportiva en las épocas habilitadas".

Fuente: Monterizos

Te puede interesar
Lo más visto