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Argumentaron que la magistrada que fue corrida “marcó un perjuicio para las partes”. El proceso vuelve a foja cero.
Ordenó al intendente Gutiérrez, que se abstengan de obstruir el paso o la circulación en particular de la ruta 65, y permitan realizar la normal explotación y la cosecha de los campos que los paperos cultivan.
JUDICIALES 10 de abril de 2020El juez federal N°1 de Tucumán, Daniel Bejas, ordenó al intendente de Aconquija, Catamarca, que permita el paso por la ruta 65 de los paperos tucumanos que deben extraer sus hortalizas.
La medida cautelar garantiza la vigencia del decreto presidencial del 19 de marzo que exceptuó del aislamiento obligatorio a quienes fabrican alimentos. El desbloqueo de la ruta 65 beneficia a productores que explotan alrededor de 450 hectáreas en la zona.
El juez Bejas aceptó la petición de los productores Vargas, Cristian Martín Aguera, Salvador Radino, Humberto José Ramón Guchea, José Alfredo Jiménez, Francisco Javier Aguera, Nicolás Antonio Rivas Chein, Víctor Córdoba, Antonio Enrique Svaldi y Segundo Miguel Delgado, quienes el lunes se habían plegado a una demanda del legislador radical Raúl Albarracín.
El magistrado entendió que la actividad económica de los demandantes estaba exceptuada de la cuarentena y que aquellos podían desarrollarla mediante la observancia de las reglas estipuladas, como la exhibición del Certificado Único Habilitante para la Circulación. Con ese criterio, ordenó al intendente Gutiérrez, a las demás autoridades de Aconquija y a las fuerzas de seguridad que se abstengan de obstruir el paso o la circulación en particular de la ruta 65, y permitan realizar la normal explotación y la cosecha de los campos que los paperos cultivan.
El legislador radical Albarracín había solicitado una medida cautelar, señalando que la conducta arbitraria del jefe municipal de Aconquija transgredía el decreto del presidente Alberto Fernández al tiempo que ponía en riesgo la provisión de papas en la región puesto que de los campos catarmaqueños salen las semillas sembradas en aproximadamente 6.000 hectáreas de Tucumán y de las provincias vecinas, así como hortalizas frescas para el consumo interno.
Argumentaron que la magistrada que fue corrida “marcó un perjuicio para las partes”. El proceso vuelve a foja cero.
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