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LA LEGISLADORA RAQUEL NIEVAS PIDE QUE, POR LEY, SE EQUIPARE LA SITUACIÓN DE LOS DOCENTES INTEGRADORES

La parlamentaria advierte que hay una marcada “desigualdad” entre las docentes integradoras y el resto de los maestros en el sistema provincial. El proyecto busca subsanar y amparar a quienes también cumplen un rol esencial en las aulas.

EDUCACIÓN04 de diciembre de 2024Vientos Tucumanos NoticiasVientos Tucumanos Noticias
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La legisladora Raquel Nievas advirtió junto a su equipo de trabajo, la desigualdad en la situación de las docentes integradoras y los demás maestros de la provincia.

“Una situación que les preocupa a las maestras integradoras es que por más que cumplan el año lectivo trabajando o que deban continuar en el cargo por continuidad pedagogía al año siguiente, cesan en sus funciones en el mes de diciembre y durante enero y febrero quedan sin trabajo y sin cobrar hasta marzo que tomaban cargo y hasta que les sale la liquidación llegan al mes de Mayo sin cobrar, por eso estamos aquí presentando este proyecto para auxiliar a quienes nos plantean esta situacion de desigualdad en el sistema educativo provincial” comentó la parlamentario minutos después de ingresar el proyecto por Mesa de Entrada de la Honorable Legislatura de Tucumán.

La igualdad de condiciones, se considera, estaría dada entre los docentes de grados y los integradores al momento de ser considerados iguales y regidos mediante la normativa que establece el estatuto docente.

“Las maestras integradoras son psicólogas, psicopedagogas o profesoras de educación especial que acompañan a los niños que necesitan apoyo. Su objetivo es que el niño tome las herramientas necesarias, y que en un momento, pueda valerse por sí mismo aprendiendo y creciendo en su propia confianza” comienza describiendo los motivos el proyecto presentado el pasado martes al mediodía.

La Dra. Nievas presentó esta iniciativa que tiene como principal objetivo modificar el Artículo 8°: 

1 - La convocatoria para la cobertura de los cargos de Maestro de Apoyo a la Integración e Inclusión Escolar, a través de la Junta de Clasificación competente, quien confeccionará un padrón de docentes de Educación Especial para la Inclusión e Integración Educativa, con docentes de educación especial, su calificación y su designación, se realizará conforme estricto orden de mérito, y la remuneración de los docentes designados se realizará, todo ello, conforme lo dispuesto por el Estatuto del Docente, Ley N° 3470. Para el caso que el alumno se encuentre asistido anteriormente por un Maestro de Apoyo a la Integración e Inclusión Escolar, se priorizará su continuidad, debiendo el docente inscribirse en la Junta de Clasificación competente, a los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por esta Ley. Su designación y remuneración se realizará conforme lo dispuesto por el Estatuto del Docente, Ley N° 3470.

2 - La designación del docente, mencionado en el inciso anterior, debe tramitarse expeditivamente, sin retardo alguno, bajo apercibimiento de recibir sanciones el funcionario que obstaculice dicho trámite.

3 - En el caso de que el Maestro de Apoyo a la Integración e Inclusión Escolar complete el año lectivo prestando funciones o que se requiera que continúe en el cargo por razones de continuidad pedagógica al siguiente ciclo lectivo, quedaran equiparados en derechos y obligaciones a los docentes de grado conforme lo dispuesto por el Estatuto del Docente, Ley N° 3470".

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