
La Provincia anunció beneficios para el pago anticipado y mensual de impuestos 2026
Las medidas fueron definidas como excluyentes y no acumulativas.




Fue a través de un DNU que se publicó durante la tarde del pasado domingo, en el marco de la nueva etapa de la cuarentena que anunció el Gobierno el pasado viernes.
ECONOMÍA21 de septiembre de 2020
Vientos Tucumanos Noticias



Mediante un DNU que se publicó en el Boletín Oficial durante la tarde de este domingo, y que Infobae anticipó, el gobierno nacional dispuso que los prestadores de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable no podrán cortar servicios hasta el 31 de diciembre próximo.


El primer artículo del DNU dispone que las empresas prestadoras “de servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta 7 facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020” (el decreto 311, del 24 de marzo pasado, había dispuesto que la prohibición de corte se aplicaba para quienes debían hasta 3 facturas).
Además, el DNU aclara que la prohibición de corte comprende a “los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso” y establece también que si un usuario o usuaria accediera a un plan de facilidades de pago en las condiciones que establezca la reglamentación, “se considerará como una factura pagada”.
El artículo segundo del decreto prorroga el plazo de 180 días que había establecido el decreto anterior de prohibición de corte, “hasta el 31 de diciembre de 2020”.
Por otra parte, en su artículo tercero el decreto también prorroga hasta fin de año el plazo de corte para los usuarios del sistema de servicio prepago de energía eléctrica. La norma también contempla el caso de usuarios y usuarias del sistema de servicio prepago de telefonía móvil o internet que no hubiesen abonado recargas para acceder al consumo y estira hasta el 31 de diciembre la obligación de los prestadores de “brindar un servicio reducido que garantice la conectividad”.



Las medidas fueron definidas como excluyentes y no acumulativas.

Según la Dirección de Estadística de la Provincia, la inflación acumula un 26,7% en lo que va de 2025 y la variación interanual alcanza el 30%.

Refleja una aceleración respecto al 2,3% que se había registrado en octubre. La suba de precios fue de 27,9% en los primeros once meses del año.

La medida se suma al pago ya dispuesto para trabajadores estatales tucumanos y se hará efectivo entre el 22 y el 23 de diciembre.

Las nuevas alícuotas tendrán carácter permanente

La incertidumbre crece entre los empleados ante la falta de combustible, deudas, rumores de cierre y ausencia de respuestas de la conducción.

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Este miércoles, Fernando Burlando juró como abogado en Tucumán para intervenir en la causa de censura contra medios de comunicación.

Se destacó en la producción de espectáculos y continuó el camino iniciado por su padre, Rubén Urueña.

Las medidas fueron definidas como excluyentes y no acumulativas.

La presentación se realizará ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, el tribunal que deberá revisar la decisión firmada por el juez Adrián González Charvay.