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RENTAS advierte: El cobro con recargos en transferencias es "indebido" y se puede denunciar por el consumidor

Sergio Guerra, jefe de la División de Dictámenes y Capacitación de la Dirección General de Rentas, informó que el vendedor no puede efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado o concretadas mediante medios electrónicos.

JUDICIALES 25 de junio de 2024Vientos Tucumanos NoticiasVientos Tucumanos Noticias
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Toda diferencia adicional que se cobre por pago a través de medios electrónicos el cobro de un recargo indebido.

La Dirección General de Rentas de Tucumán recordó que a partir del año 2019, con el dictado de la Ley Provincial N° 9.155 (BO 21/1/2019), se estableció en el territorio de la provincia de Tucumán, la obligatoriedad para los comerciantes en general, de habilitar medios de pago electrónicos en operaciones con consumidores finales (transferencias, QR o tarjeta de débito).

Sobre ello, Sergio Guerra, jefe de la División de Dictámenes y Capacitación de la Dirección General de Rentas, informó que el vendedor no puede efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado o canceladas mediante medios electrónicos de pago conforme lo dispone la Ley Nacional N° 25065. 

En este contexto, indicó el funcionario de Rentas, es muy importante tener en cuenta que ante diferencias entre el precio de contado y el precio a través de medios electrónicos de pago, debe considerarse siempre que el precio real de la operación es el precio de contado, resultando toda diferencia adicional que se cobre por pago a través de medios electrónicos el cobro de un recargo indebido.

Guerra también recordó que los contribuyentes tienen derecho a exigir factura.

¿Dónde puedo denunciar el cobro indebido? 

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del comerciante, puede ser denunciado por el consumidor al número telefónico 0800-777-7882 obteniendo los datos del código de respuesta rápida (QR) que se exhibe en el formulario 

Formulario N° 7.000: la DGR dispuso la obligatoriedad de exhibir en un lugar visible y próximo al lugar donde se realice el pago, el Formulario en el que se recuerda al consumidor su derecho a pagar con medios electrónicos, exigir la factura y un código QR donde, al ser escaneado, figuran todos los datos del comerciante para realizar la denuncia. Comunicación Tucumán. 

 

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