


La reapertura de la Corte Suprema no será hasta el 24 de mayo inclusive
Vientos Tucumanos Noticias
Por lo tanto la Corte Suprema de Justicia dispuso una prórroga del asueto extraordinario por razones sanitarias hasta el próximo 24 de mayo inclusive.
Por Acordada N°277/20 de este viernes 15 de mayo de 2020, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán resolvió lo siguiente:
I.- PRORROGAR el asueto extraordinario por razones sanitarias desde el 18/5/20 hasta el día 24/5/20 inclusive, con suspensión de plazos procesales y administrativos, en los términos y con los alcances considerados. En consecuencia, dejar sin efecto lo dispuesto en el punto II de la Acordada N° 270/20. Asimismo, tramitarán aquellos actos procesales respecto de los cuales los magistrados/as, salas y/o tribunales hubieran dispuesto la apertura de los plazos de oficio o a pedido de parte, en los términos y con los alcances previstos en las acordadas que así los facultan. Se dispone que todo el personal debe cumplir sus funciones utilizando los medios tecnológicos disponibles, evitando así la circulación y la concurrencia a las dependencias del Poder Judicial, con excepción de aquellas cuestiones extremadamente graves que por su naturaleza exijan su actuación de manera presencial en forma excepcional, supuesto en que el magistrado/a afectado/a deberá convocar al personal indispensable.
I.- EXCEPTUAR de la suspensión de plazos dispuesta en el punto que antecede a aquellas causas que se iniciaren en formato digital en los términos de la Acordada N° 236 (expediente digital).
III.- AFECTAR desde el 18/5/2020 al 24/5/2020 a los/as magistrados/as y/o tribunal según corresponda por cada fuero e instancia, funcionarios/as y empleados/as, conforme se consigna en el anexo de esta acordada, con atención en horario restringido de 8 a 12 horas, quienes entenderán en aquellas cuestiones urgentes y/o impostergables que ingresen y den origen a un nuevo expediente; como también en las cuestiones urgentes de causas en trámite en los que el magistrado/a y/o tribunal competente pertenezca a un grupo de riesgo y la cuestión requiera de la actuación presencial en la sede del Poder Judicial, o en caso de vacancia o licencia prolongada del/la titular del juzgado y/o tribunal con competencia funcional. En todos los casos, conforme a las modalidades de trabajo establecidas en los acuerdos y resoluciones mencionados, y con los alcances considerados.
V.- DISPONER que durante el mismo período señalado en el punto anterior, todo el personal del Poder Judicial se encontrará disponible a las necesidades del servicio y a la eventualidad de su convocatoria, por parte del magistrado/a y/o jefe/a de oficina correspondiente, para prestar servicio de manera remota, o presencial en casos de necesidad con la excepción de aquellas personas que se encuentren dentro de los grupos de riesgo.
VI.- TENER PRESENTE que la suspensión de los plazos procesales y administrativos también alcanza a las medidas cautelares de protección de personas (mayores de edad, protección de niños, niñas y/o adolescentes, personas con discapacidad, etc.) y víctimas de violencia familiar y/o de género, dictadas judicialmente en causas en trámite, extendiéndose así su vigencia hasta el 24/5/2020 y/o hasta que la situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio cese, en todas las causas en trámite en el ámbito del Poder Judicial de Tucumán, salvo que el magistrado interviniente tome otra decisión en el caso concreto.
VII.- INVITAR al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Pupilar y de la Defensa a adoptar las medidas que estime pertinentes, en función de los lineamientos aquí establecidos y en un marco de criterios comunes de aplicación.
VIII.- DISPONER la inmediata publicación y difusión de esta acordada a través de la Dirección de Comunicación Pública y de los medios de comunicación a nivel de provincial.
Se informa que el Anexo con el listado del personal afectado se encuentra disponible en la página web del Poder Judicial (www.justucuman.gov.ar), sección Últimas acordadas y resoluciones. Para acceder a la acordada click aquí.


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