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SIN PRECEDENTES: ¿Por qué la Corte Suprema decidió suspender las elecciones en Tucumán?

La polémica gira en torno a la candidatura de Juan Luis Manzur. En San Juan la Justicia también suspendió las elecciones.

POLITICA 09 de mayo de 2023 Vientos Tucumanos Noticias Vientos Tucumanos Noticias
MANZUR B
Juan Luis Manzur

La Corte Suprema de Justicia resolvió este martes suspender las elecciones de este domingo en las provincias de Tucumán y San Juan, donde los mandatorios provinciales se candidateaban para ser reelectos. Lo hizo al hacer lugar a sendas medidas cautelares solicitada por la oposición y solicitar a esas provincias informes de la situación que deberán entregarse en los próximos cinco días. Por lo tanto, las elecciones no podrán realizarse hasta tanto la Corte dicte sentencia sobre el tema.

En Tucumán, el conflicto gira sobre la candidatura del ex jefe de Gabinete Juan Manzur, quien se postula como vicegobernador luego de haber ejercido la Gobernación durante dos períodos consecutivos. En San Juan, la oposición cuestiona a Uñac, quien pretende ser gobernador nuevamente luego de tres períodos consecutivos.

Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema declaró “la competencia originaria” del máximo tribunal y ordenó requerir a las dos provincias “el informe circunstanciado” para ser entregado en los próximos cinco días.

En Tucuman, Germán Alfaro, en su carácter de consejero y presidente de la Mesa Ejecutiva del Partido por la Justicia Social y en representación de esa agrupación política, promovió una acción de amparo contra la Provincia de Tucumán para que se declare la inconstitucionalidad de la habilitación de Juan Luis Manzur como candidato al cargo de vicegobernador para el período 2023-2027.

Allí se explicaba que en 2007 se celebraron elecciones provinciales para diversos cargos, en las que resultaron elegidos José Alperovich y Juan Manzur como gobernador y vicegobernador, respectivamente, los cuales ejercieron el poder durante el mandato de cuatro años; que en 2011 se repitió esa fórmula, que obtuvo el triunfo electoral y completó el período correspondiente hasta 2015; que en ese año, Juan Luis Manzur se presentó como candidato a gobernador acompañado por Osvaldo Jaldo como candidato a vicegobernador, quienes ganaron las elecciones y ejercieron tales cargos por otros cuatro años hasta 2019; y que en dicho año, se presentó a las elecciones la misma fórmula y nuevamente resultaron electos Manzur como gobernador y Jaldo como vicegobernador, por el mandato que culmina en 2023.

En las instancias dentro de la provincia de Tucuman, se rechazaron los recursos. La Corte de Tucuman habilitó a Manzur para postularse y el caso llego a la Corte Suprema.

En San Juan, la agrupación Unidos por San Juan -la alianza del PRO y la UCR en esa provincia- presentó una acción declarativa ante la Corte Suprema para impugnar la candidatura de Uñac. Para la oposición la nueva postulación del gobernador viola la Constitución de la provincia.

Es que, según señalaron, el artículo 175 de esa constitución establece que “el Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”. Uñac fue vicegobernador de la provincia de 2011 a 2015 y gobernador en los períodos 2015-2019 y 2019-2023. Así ya tuvo dos reelecciones y la presentación en la elección de este año sería por un cuarto mandato consecutivo.

Desde el gobierno de San Juan rechazaron esa interpretación. Señalaron que la oposición cuenta los mandatos de vicegobernador y gobernador de Uñac cuando en rigor son categorías distintas. Así, el actual mandatorio tuvo una sola reelección como gobernador y esta sería la segunda, lo que habilita la Constitución.

Cuando el caso fue derivado a la Procuración, la fiscal Laura Monti afirmó que el tema no era competencia de la Corte, aunque le dejó al máximo tribunal  “la intervención procesal que considere pertinente”.

En esas condiciones la Corte Suprema quedó en condiciones de resolver.

Fuente: Infobae

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