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La Ley Nacional de Recetas Electrónicas (Nº27.553) se reglamentó el 1 de julio de 2024 y otorgó 180 días para la adecuación de las plataformas y repositorios, plazo que concluyó el 31 de diciembre.
SALUD01 de enero de 2025Este miércoles, primer día del 2025, entró en vigencia la receta electrónica que se convertirá en la única modalidad válida para la prescripción de medicamentos. El Ministerio de Salud busca que este avance consolide un ecosistema digital más eficiente, ya que promete transformar la manera en que se emiten y gestionan las órdenes médicas, reforzando la trazabilidad y agilidad en la dispensa, además de ofrecer un acceso más seguro a los tratamientos esenciales. Las autoridades de la cartera sanitaria dijeron que confían en que se convertirá en un puente digital que va a conectar a pacientes, médicos y farmacias de manera más fácil y segura.
La Ley Nacional de Recetas Electrónicas (Nº27.553) se reglamentó el 1 de julio de 2024 y otorgó 180 días para la adecuación de las plataformas y repositorios, plazo que concluyó el 31 de diciembre.
Según el Decreto 345/2024 de reglamentación de la ley, la prescripción de medicamentos deja de ser en papel y en todo el país comienza a ser obligatoria exclusivamente mediante los soportes registrados en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
Qué debe contener la nueva receta digital
De acuerdo con la normativa, de ahora en más para que las recetas electrónicas tengan validez, deberán incluir los siguientes requisitos:
1-Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio
2-Código de barras
3-Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo
4-Descripción del medicamento recetado, que debe detallar:
5-Nombre genérico o denominación común internacional
6-Presentación
7-Forma farmacéutica
8-Cantidad de unidades
9-De manera opcional, el nombre comercial sugerido por el prescriptor profesional
10-Diagnóstico
11-Fecha de emisión
12-Firma digital del profesional
En qué casos se podrá seguir usando la receta en papel
De acuerdo con la normativa, la receta manuscrita seguirá siendo válida únicamente como una excepción en casos específicos, como en las zonas de difícil acceso, falta de conectividad o interrupciones temporales del sistema.
Además, las recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre de 2024 podrán utilizarse dentro del período de vigencia habitual establecido.
La implementación del sistema en cada distrito
Respecto del panorama de instrumentación de la receta electrónica en las jurisdicciones al día de hoy, el Ministerio de Salud informó que 17 jurisdicciones cuentan con una ley de receta electrónica.
11 provincias adhieren a la Ley Nacional: Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.
4 distritos tiene leyes provinciales propias y regímenes independientes: Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chubut y La Rioja.
2 jurisdicciones ya tienen en curso proyectos de ley provinciales: Río Negro y Santa Fe.
Las 7 restantes aún no cuentan con una ley provincial, aunque algunas utilizan parcialmente la receta electrónica: 4 se adhieren al uso de la receta electrónica y se espera que presenten proyectos de ley próximamente: San Luis, Córdoba, Santiago del Estero y Santa Cruz. 3 están en etapa de revisión de sus planes legislativos: La Pampa, Neuquén y Formosa.
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